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Familia y dependientes

Quién puede trabajar, quién puede estudiar y qué les pasa a los demás cuando el caso principal se mueve.

Visas de dependiente

H-4

dependiente de H-1B

Cónyuge o hijo

Dependiente de un trabajador H-1B en ocupación especializada

puede trabajarpuede estudiar

Hay EAD disponible si el titular de la H-1B tiene un I-140 aprobado o está en el séptimo año o más de extensión de H-1B

Estadía: El mismo que el titular de la H-1B

L-2

dependiente de L-1

Cónyuge o hijo

Dependiente de un transferido dentro de la misma empresa con L-1

puede trabajarpuede estudiar

Los cónyuges con L-2 tienen autorización de trabajo por su propio estatus (desde 2022 no hace falta EAD)

Estadía: El mismo que el titular de la L-1

F-2

dependiente de F-1

Cónyuge o hijo

Dependiente de un estudiante F-1

no puede trabajarno puede estudiar

Los dependientes con F-2 no pueden trabajar en EE. UU.

Estadía: Duración del estatus (D/S)

J-2

dependiente de J-1

Cónyuge o hijo

Dependiente de un visitante de intercambio J-1

puede trabajarpuede estudiar

Los dependientes con J-2 pueden solicitar un EAD; sus ingresos no pueden usarse para mantener al titular de la J-1

Estadía: El mismo que el titular de la J-1

TD

dependiente de TN

Cónyuge o hijo

Dependiente de un profesional del TLCAN con TN

no puede trabajarpuede estudiar

Los dependientes con TD no pueden trabajar en EE. UU.

Estadía: El mismo que el titular de la TN (hasta 3 años)

E-2D

dependiente de E-2

Cónyuge o hijo

Dependiente de un inversionista por tratado con E-2

puede trabajarpuede estudiar

Los cónyuges con E-2 pueden solicitar un EAD; los hijos no pueden trabajar

Estadía: El mismo que el titular de la E-2 (en tramos de 2 años)

E-1D

dependiente de E-1

Cónyuge o hijo

Dependiente de un comerciante por tratado con E-1

puede trabajarpuede estudiar

Los cónyuges con E-1 pueden solicitar un EAD; los hijos no pueden trabajar

Estadía: El mismo que el titular de la E-1

O-3

dependiente de O-1

Cónyuge o hijo

Dependiente de un trabajador de habilidad extraordinaria con O-1

no puede trabajarpuede estudiar

Los dependientes con O-3 no pueden trabajar en EE. UU.

Estadía: El mismo que el titular de la O-1

K-2

dependiente de K-1

Hijo del prometido o la prometida

Hijo del titular de una visa de prometido K-1

puede trabajarpuede estudiar

Puede solicitar un EAD después de presentar el I-485

Estadía: Debe presentar el I-485 dentro de los 90 días de la entrada con K-1

IR-2/CR-2

dependiente de IR-1/CR-1

Hijo

Hijo que sigue para reunirse con el cónyuge inmigrante

puede trabajarpuede estudiar

Residente permanente al entrar; con autorización para trabajar

Estadía: Permanente

Qué permite cada visa de dependiente

 H-4L-2J-2E-2DF-2TDO-3
Autorización de trabajoSolo si el titular tiene un I-140 aprobado o una extensión de séptimo añoLos cónyuges tienen autorización por su propio estatus desde enero de 2022Debe solicitar un EAD; sus ingresos no pueden mantener al titular de la J-1Solo cónyuges; los hijos no pueden trabajarnoNo califica para autorización de trabajonoNo califica para autorización de trabajonoNo califica para autorización de trabajo
Estudios y educaciónPuede estudiar tiempo completo o medio tiempoPuede estudiar tiempo completo o medio tiempoPuede estudiar tiempo completo o medio tiempoPuede estudiar tiempo completo o medio tiemponoSolo puede estudiar medio tiempo, no tiempo completoPuede estudiar tiempo completoPuede estudiar tiempo completo o medio tiempo
Viajes y reingresoNecesita un sello de visa H-4 vigente para reingresarNecesita un sello de visa L-2 vigente para reingresarNecesita un sello de visa J-2 vigente; sujeto a la regla de los 2 añosNecesita un sello de visa E vigenteNecesita un sello de visa F-2 vigente y el I-20Necesita un sello de visa TD vigenteNecesita un sello de visa O-3 vigente
Número de Seguro SocialPuede obtener un SSN si tiene autorización de trabajo; si no, un ITINPuede obtener un SSN, ya que tiene autorización de trabajoPuede obtener un SSN si le aprueban el EADEl cónyuge puede obtener un SSN con el EADnoSolo puede obtener un ITIN, para efectos fiscalesnoSolo puede obtener un ITIN, para efectos fiscalesnoSolo puede obtener un ITIN, para efectos fiscales

Cuando el caso principal se mueve

El estatus de dependiente es derivado: sigue al caso principal, también cuando va hacia abajo.

Caso principal aprobado

Los casos de los dependientes pueden avanzar o aprobarse

  • Los beneficiarios derivados pueden presentar o continuar sus propias peticiones
  • Las solicitudes I-485 de los dependientes pueden aprobarse
  • Los sellos de visa de dependiente pueden emitirse en el consulado
  • El EAD y el permiso adelantado de reingreso de los dependientes deben seguir con normalidad

Caso principal denegado

Los casos de los dependientes también pueden denegarse o revocarse

  • Las peticiones derivadas normalmente se niegan si se niega la principal
  • El estatus de los dependientes puede dejar de ser válido
  • Los dependientes pueden tener que salir del país o cambiar de estatus
  • Revisa si algún dependiente tiene una base independiente
  • Considera presentar una moción para reabrir o una apelación

Caso principal retirado

Los casos de los dependientes pueden retirarse automáticamente

  • Las peticiones derivadas normalmente se retiran junto con la principal
  • USCIS puede emitir avisos de denegación para los casos de dependientes pendientes
  • Consulta con un abogado sobre presentaciones independientes

El caso principal recibió una RFE

Los casos de los dependientes pueden quedar en espera de la respuesta a la RFE

  • La adjudicación de los dependientes puede pausarse hasta que se resuelva la RFE
  • Revisa si los dependientes también recibieron RFE por separado
  • Responde a la RFE dentro del plazo para proteger todos los casos

Cambió el estatus del caso principal

Los dependientes pueden tener que cambiar su estatus en consecuencia

  • Si el titular cambia de empleador, el estatus de los dependientes puede necesitar una actualización
  • Una transferencia de H-1B puede requerir una petición H-4 nueva
  • El periodo de validez del estatus puede cambiar para los dependientes
  • Actualiza todas las solicitudes de los dependientes con la información nueva

Cumplir 21 años

La única fecha límite de esta página que no se puede deshacer una vez que pasa.

¿Qué significa cumplir 21 y perder el estatus?

Es cuando un hijo dependiente cumple 21 años y puede perder la elegibilidad para los beneficios migratorios derivados.

  • Muchos beneficios migratorios definen «hijo» como soltero y menor de 21 años
  • Cuando un hijo cumple 21, puede dejar de calificar como dependiente
  • Esto puede hacer que se pierdan solicitudes pendientes o la elegibilidad para la visa
  • Las consecuencias varían según la categoría de visa y el tipo de presentación

Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA)

Una ley federal que puede proteger a los hijos de perder el estatus al cumplir 21.

  • La CSPA resta de la edad del hijo el tiempo que la petición estuvo pendiente
  • Fórmula: edad CSPA = edad biológica − tiempo que la petición estuvo pendiente
  • El hijo debe «buscar adquirir» el estatus dentro de 1 año de que haya visa disponible
  • La CSPA aplica de forma distinta en las categorías por familia y por empleo
  • No todos los hijos están protegidos; consulta a un abogado para tu caso

¿Qué pasa si un hijo cumple 21 y pierde el estatus?

Las opciones disponibles cuando un hijo pierde el estatus derivado.

  • Puede convertirse a otra categoría de preferencia (por ejemplo, F-2B)
  • Por lo general se conserva la fecha de prioridad original
  • Puede presentar su propia petición independiente si califica
  • Puede mantener su estatus por otros medios (por ejemplo, una visa de estudiante F-1)
  • Planear con tiempo es clave; consulta a un abogado de inmigración

Presentar en familia

Presentación concurrente

Presenta las peticiones principal y de los dependientes juntas para ahorrar tiempo

  • El I-140 y el I-485 pueden presentarse juntos para toda la familia
  • Cada familiar necesita su propio I-485, I-765 (EAD) e I-131 (permiso adelantado)
  • La presentación concurrente está disponible cuando hay números de visa al día
  • Revisa el Boletín de Visas antes de decidir presentarlos juntos
  • Todos los familiares pueden obtener el EAD y el permiso adelantado mientras esperan la Tarjeta Verde

Presenta a todos los dependientes juntos

Envía todas las peticiones familiares al mismo tiempo, cuando sea posible

  • Presentarlas juntas asegura que los casos se agrupen en el centro de servicio
  • Incluye una carta de presentación con todos los números de recibo de la familia
  • Usa un solo paquete o haz referencias cruzadas claras entre todos los casos
  • Esto ayuda a que USCIS adjudique los casos familiares en conjunto

Mantén ordenados los números de recibo

Lleva todos los números de recibo de la familia en un solo lugar

  • Cada familiar puede tener varios números de recibo (I-485, I-765, I-131)
  • El número de recibo del solicitante principal hace falta para todas las presentaciones de dependientes
  • Lleva una hoja de cálculo o usa esta app para enlazar todos los casos
  • Anota qué casos son derivados y cuáles son independientes

Vigila el cumplimiento de los 21 años

Lleva el control de los hijos que se acercan a los 21 para evitar que pierdan el estatus

  • La Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) puede proteger a algunos hijos
  • Edad CSPA = edad biológica menos el tiempo que la petición estuvo pendiente en USCIS
  • El hijo debe «buscar adquirir» el estatus dentro de 1 año de que haya visa disponible
  • Consulta a un abogado si tu hijo se acerca a los 21
  • Considera peticiones independientes como respaldo

Mantén un estatus válido

Asegúrate de que todos los familiares mantengan un estatus migratorio válido

  • El estatus de dependiente normalmente vence junto con el del titular
  • Presenta las extensiones antes de que venza el estatus (hasta 6 meses antes)
  • Guarda los registros del I-94 de todos los familiares
  • El dependiente debe mantener su estatus por su cuenta si el titular cambia de tipo de visa
  • Considera presentar el I-539 para los dependientes cuando el titular presente el I-129

Planea las entrevistas de visa

Coordina el calendario de entrevistas de la familia en el consulado

  • Pide citas familiares a la misma hora cuando sea posible
  • Prepara paquetes de documentos por separado para cada familiar
  • Los menores de 14 años quizá no tengan que presentarse en persona
  • Lleva las actas de matrimonio y de nacimiento para probar los parentescos
  • Ten documentos de apoyo económico para toda la familia

Qué sale mal

Un hijo a punto de cumplir 21

El hijo se acerca a los 21 y puede perder el estatus de dependiente

Qué hacer: Calcula la edad CSPA, considera peticiones independientes, presenta antes de que cumpla 21 si es posible y consulta a un abogado de inmediato.

Dependencia del estatus derivado

El caso del dependiente está atado a un caso principal que fue denegado o retirado

Qué hacer: Explora opciones de presentación independiente, considera solicitudes de cambio de estatus y presenta una moción para reabrir si corresponde.

Estatus de dependiente vencido

La visa del dependiente venció pero al titular le extendieron el estatus

Qué hacer: Presenta pronto la extensión I-539, guarda la prueba de haberla presentado a tiempo y verifica si aplica la extensión automática.

Divorcio durante el trámite

El matrimonio terminó mientras el caso del dependiente estaba pendiente

Qué hacer: El cónyuge puede perder el estatus derivado; considera una autopetición bajo VAWA si aplica. Los hijos pueden conservar su elegibilidad por su cuenta.

Presentación concurrente rechazada

Devolvieron el paquete familiar por retrogresión de visas

Qué hacer: Revisa las fechas del Boletín de Visas, vuelve a presentar cuando estén al día y asegúrate de que tu fecha de prioridad esté vigente antes de presentar.

Fechas de aprobación distintas

El caso principal está aprobado pero los de los dependientes siguen pendientes

Qué hacer: Es normal; los casos de los dependientes pueden tardar más. Comunícate con USCIS si la demora pasa mucho del tiempo de procesamiento esperado.

Viajar con el caso pendiente

El dependiente necesita viajar mientras su solicitud de ajuste está pendiente

Qué hacer: Debe tener un permiso adelantado de reingreso válido (I-131/I-512) antes de viajar, o arriesga que se considere abandonado su I-485. Quienes tienen estatus H o L pueden estar exentos.

Formularios que presenta una familia

I-485

Ajuste de estatus (Tarjeta Verde)

I-539

Extensión o cambio de estatus de no inmigrante

I-765

Documento de Autorización de Empleo (EAD)

I-131

Documento de viaje (permiso adelantado de reingreso)

I-130

Petición de familiar extranjero

I-129F

Petición de prometido o prometida extranjera

DS-160

Solicitud de visa de no inmigrante en línea

DS-260

Solicitud de visa de inmigrante

I-864

Declaración jurada de sostenimiento

I-20

Certificado de elegibilidad (estudiante)

El estatus derivado depende de los detalles: la categoría del titular, las fechas de presentación y, en el caso de un hijo, el cálculo de la CSPA. Lo de cumplir 21 en particular merece un abogado, no una página web.